El objetivo general de la Directiva es garantizar que los pagos realizados en el ámbito de la Unión Europea -en
concreto, las transferencias, los adeudos directos y las operaciones de pago directo efectuadas mediante
tarjeta- puedan realizarse con la misma facilidad, eficiencia y seguridad que los pagos nacionales internos de los
Estados miembros.
Junto a ello contribuye al reforzamiento y protección de los derechos de los usuarios de los
servicios de pago y facilita la aplicación operativa de los instrumentos de la zona única de pagos en euros, lo
que se ha denominado SEPA («Single Euro Payments Area»), que se ha de desarrollar por la industria privada
con el impulso del Banco Central Europeo y de los Bancos Centrales nacionales.
La SEPA ha de significar, cuando esté concluida, previsiblemente en 2010, que los servicios de pago,
contemplados en la Directiva, se presten en la Unión Europea como en un territorio sin fronteras y donde las
posibles diferencias de costes no tengan otra causa que la eficiencia de los prestadores de los servicios.




